La justicia condenó a la empresa de viajes Despegar.com.ar a indemnizar a una familia por más de 40 millones de pesos. Habían contratado un hotel en Indonesia y cuando llegaron el edificio estaba en plena remodelación.
El fallo del Juzgado en lo Civil y Comercial Nº8 se dio a conocer la semana pasada. La demanda fue presentada en febrero de 2019 y después de cinco años, el juez Hernán Krzyszycha resolvió que la reconocida agencia de viajes deberá pagar a los demandantes una indemnización por un total de 39.501.197 pesos más 1000 dólares en conceptos de resarcimiento y multa civil.
Según el fallo de la justicia, todo comenzó el 13 de julio de 2018 cuando el matrimonio y sus dos hijos llegaron al hotel Hilton Gran Nikko Bali en Indonesia. Habían realizado las reservas a través de Despegar.com.ar en abril de ese año. Lo cierto es que el lujosos edificio estaba en plena tareas de refacción y nada de lo que habían contratado como servicio se les fue dado.
La familia inició diversas gestiones para tratar de encontrar una solución que podía incluir el cambio de hotel, pero desde la agencia de viajes no recibieron respuestas y tuvieron que transitar todas sus vacaciones en un edificio en plena restauración.
En febrero de 2019, y luego de intentar llegar a un acuerdo con la firma para que puedan resarcir el error, el matrimonio decidió acudir a la justicia y presentar una demanda por por el resarcimiento de los daños padecidos producto de su
incumplimiento contractual, que estimaron en la suma de $ 3.287.733 y de 2.750 dólares.
La defensa de Despegar.com.ar SA se basó en su rol como intermediaria entre el hotel y los demandantes. En ese sentido aseguró que no tenía responsabilidad en lo ocurrido.
Por el contrario, la justicia determinó que a la empresa le cabía la responsabilidad de la representación de sus clientes frente a la prestadora para brindar alternativas satisfactorias a sus representados. «Así pues, la responsabilidad de la intermediaria subsiste, aun cuando se pruebe que los servicios estaban contratados y que el incumplimiento se debió a la culpa de los respectivos prestadores», fundamenta el fallo judicial.
La agencia de viaje «faltó a su deber de lealtad y vulneró la confianza depositada por los actores, a la sazón, la parte más débil de la relación, dejando a un lado e insatisfecho el más elemental de los principios que debe inspirar su proceder, que es la buena fe/diligencia negocial», concluyó el juez Krzyszycha.